HONORABLES DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE LA REPUBLICA DE CHILE:
Ante el inminente término de la tramitación legislativa del Proyecto de Ley que fija normas especiales para el Pago Oportuno de productos y servicios (Boletín Nº 10.785 – 03), que modifica la ley 20.416 en materia de plazos y procedimientos de pago a las micros y pequeñas empresas, iniciado en moción de los Honorables Senadores Sres. Tuma, Allamand, De Urresti, Moreira y Zaldivar, con fecha 5 de julio del 2016.
Las Confederaciones y organizaciones gremiales abajo firmante y convergentes en la Mesa de Trabajo denominada Convergencia Nacional de Gremios manifiestan:
1.- Que luego de tan prolongado tiempo de discusión el resultado discrepa en lo principal del proyecto inicial formulado por los Honorables Senadores en mención, lo que lamentablemente vulnera las justas expectativas abrigadas por nuestro sector.
2.- En efecto la idea era terminar con la lacerante realidad de un pago regido al arbitrio de los mandantes proveídos por las pymes, causa de tantas quiebras e infortunios del sector sus familias y trabajadores.
3.- Nuestra demanda histórica irrenunciable de pago a 30 días y hasta 45 días cuando hubiese acuerdo suscrito por las partes, y de obligatoriedad tanto para el sector público como privado de acuerdo a lo informado no será posible. Modificar esto es imprescindible para la subsistencia de gran cantidad de micros, pequeñas y medianas empresas.
4.- Los anuncios de 6 indicaciones al proyecto, enviado por el Presidente de la República, profusamente difundidos por los medios de prensa, finalmente no se cumplieron dado que el más importante de ellos que permitía de algún modo de presión a los deudores y que indicaba que no podrían hacer uso de crédito fiscal por facturas impagas finalmente no fue ingresado.
5.- En relación a la entrada en vigencia de la ley en cuestión el proyecto inicial determinaba 30 días luego de promulgada y publicada en el Diario Oficial sin embargo la indicación del Ejecutivo modifica estos plazos y agrava el deterioro de las pymes al proponerse que para el caso de los servicios de salud y municipios esta Ley entra en vigencia 36 meses después.
6.- En consecuencia a lo anterior expuesto mantenemos nuestra opinión sobre la necesidad de al menos mantener lo propuesto en el Proyecto inicial, porque en caso contrario sería inoperante para sector.
Esperando que nuestros comentarios se plasmen en la última instancia, ya que ello permitiría un período de discusión más participativo y favorable a nuestros legítimos intereses, caso contrario preferimos no se apruebe el Proyecto de Ley dada las actuales circunstancias.
Sin otra consideración, agradeciéndoles desde ya vuestra atención.
Atentamente ;
CONFEDERACIONES NACIONALES;
Federación Gremial de Mujeres Empresarias, Emprendedoras, Artesanas, Recicladoras de Arica
Federación Gremial de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Arica y Parinacota
Cámara de Micro, Pequeños, Medianos Industriales Artesanos y Servicios de Iquique
Asociación Gremial de Mujeres Emprendedoras Empresarias de Iquique
Asociación Gremial PYMES de Vallenar
Asociación Regional de Pequeños y Medianos Empresarios V Región
Asociación Gremial de Proveedores del Estado
Asociación Gremial MiPymes Artesanos y Servicios Linares
Asociación Gremial de Medianos y Pequeños Industriales y Artesanos de Talcahuano
Asociación Gremial de Medianos Pequeños Industriales y Artesanos de Coyhaique
Asociación Gremial Colegio de Instaladores Electricistas de Chile
Asociación Gremial de Empresarios Centro Oriente
Asociación Gremial Metropolitana de EmpresariosAsociativos
Asociación Gremial de Medianos y Pequeños Industriales Metalúrgicos
Cooperativas de Gráficos
Asociación Gremial Avanza Mujer