
La iniciativa proporciona una institucionalidad que permite al Estado utilizar de manera adecuada sus activos, incorporar a su haber los flujos financieros que aquellos generen y potenciar la inversiĂłn en infraestructura por medio de concesiones. Por 80 votos a favor, 14 en contra y 5 abstenciones, la Sala de la CĂĄmara de Diputados aprobĂł y despachĂł a ley el proyecto que crea una sociedad anĂłnima del Estado denominada Fondo de Infraestructura S.A (boletĂn 10647).
Esta figura tendrå por objeto, entre otras materias, financiar e invertir en proyectos de infraestructura, directamente o a través de terceros, asà como elaborar y realizar los estudios necesarios para tales proyectos.
Dentro de los puntos que fueron discutidos durante el trĂĄmite en ComisiĂłn Mixta se encuentran dos artĂculos que dicen relaciĂłn con los recursos que tendrĂĄ el Fondo de Infraestructura.
En este sentido, se aprobĂł el texto propuesto por el Senado, donde se describe que dicha figura, que contempla 9 mil millones de dĂłlares, estarĂĄ compuesta en un 99% con patrimonio del Estado y en un 1% por la CorporaciĂłn de Fomento de la ProducciĂłn (Corfo).
La institucionalidad, ademĂĄs, permitirĂĄ construir, ampliar, reparar, conservar, explotar y desarrollar proyectos de infraestructura, solo a travĂ©s de terceros; realizar gastos o inversiones de carĂĄcter fĂsico o financiero, para nuevos proyectos, fomentando su construcciĂłn y desarrollo, velando por mantener la solvencia de la empresa; constituir sociedades anĂłnimas filiales o coligadas para cumplir su objeto y desarrollar ingenierĂas y diseños de infraestructura.
El Fondo estarĂĄ administrado por un Directorio, compuesto por cinco integrantes. Dos de ellos, nombrados por el Presidente de la RepĂșblica, elegidos de una nĂłmina de cinco candidatos propuesta por el Ministro de Obras PĂșblicas. De ellos, el Primer Mandatario elegirĂĄ al Presidente del Directorio. Los otros tres serĂĄn nombrados por el Jefe de Estado de entre personas de reconocido prestigio profesional o acadĂ©mico por su experiencia y conocimiento en materias referidas al giro del Fondo, a partir de una terna propuesta para cada cargo por el Consejo de Alta DirecciĂłn PĂșblica, con el voto favorable de cuatro quintos de sus miembros.









