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Comité de Seguimiento y Participación del Plan Nacional de Búsqueda solicita antecedentes y explicaciones al ministro de Justicia y Derechos Humanos

El Comité de Seguimiento y Participación del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia (PNB) informa que, tras manifestar sus inquietudes en reuniones ordinarias sin obtener respuestas suficientes, envió el 28 de octubre una carta al ministro de Justicia y Derechos Humanos solicitando explicaciones y antecedentes sobre tres materias:

  • Las rebajas de penas concedidas a personas condenadas por crímenes de lesa humanidad.
  • La actuación del Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos en audiencias judiciales relativas a beneficios para personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos.
  • La interpretación restrictiva de las funciones del Comité comunicada por autoridades de dicha Subsecretaría.

A continuación, compartimos un resumen de los principales contenidos de la carta.

1. Rebajas de penas: exigimos información y fundamentos

Hemos tomado conocimiento, a través de informaciones de prensa y declaraciones públicas, de rebajas de penas que habrían beneficiado al menos a tres personas condenadas por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura civil-militar, en el marco de decisiones que también involucraron a personas condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

Nos preocupa que decisiones de esta relevancia se conozcan públicamente sin que el Comité haya recibido información institucional al respecto, pese a que esta materia ha sido objeto de planteamientos y solicitudes anteriores ante las autoridades de la Subsecretaría de Derechos Humanos y del Programa de Derechos Humanos.

Por ello, hemos solicitado información sobre los actos administrativos mediante los cuales se concretaron las rebajas de penas, las condenas originales, el tiempo rebajado, los fundamentos jurídicos y los criterios aplicados. Asimismo, hemos requerido conocer si existen otros casos o solicitudes de rebaja de penas que involucren a personas condenadas por crímenes cometidos durante la dictadura.

Sin desconocer las competencias legales de los órganos que intervienen en estas decisiones, estimamos necesario conocer sus fundamentos y examinar sus implicancias para las obligaciones del Estado en materia de verdad, justicia y reparación, los derechos de las víctimas y sus familiares, y los objetivos del Plan Nacional de Búsqueda.

Manifestamos también nuestra preocupación por las rebajas de penas concedidas a personas condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, y expresamos nuestra solidaridad con las víctimas.

2. ¿Qué ocurre con la actuación del Programa de Derechos Humanos en las decisiones sobre el cumplimiento de penas por crímenes de lesa humanidad?

Otra de nuestras preocupaciones se refiere a la participación de abogados y abogadas del Programa de Derechos Humanos en audiencias judiciales en las que se discuten beneficios penitenciarios, rebajas de penas u otras modalidades de cumplimiento de condenas impuestas a personas responsables de graves violaciones a los derechos humanos.

Hemos solicitado, tanto en la carta dirigida al ministro como mediante un requerimiento realizado a través de los mecanismos previstos por el Consejo para la Transparencia, conocer si existen instrucciones o criterios que expliquen la ausencia de representantes del Programa o la decisión de no formular alegatos, cuáles son sus fundamentos y qué medidas se han adoptado para asegurar una actuación institucional fundada y consistente.

No pretendemos sustituir las atribuciones de los tribunales de justicia ni las competencias de los órganos responsables de la representación judicial del Estado. Lo que exigimos es información sobre las actuaciones institucionales y los criterios que las orientan, dada su relevancia para las políticas de verdad y justicia.

3. El Comité tiene funciones de seguimiento y participación que deben ser respetadas

Manifestamos nuestra discrepancia con el criterio sostenido tanto por la Jefatura del Programa de Derechos Humanos como por la Subsecretaría de Derechos Humanos, según el cual el Comité no tendría competencia para solicitar información sobre estas materias.

El Comité es una instancia establecida en el marco del Plan Nacional de Búsqueda, integrada por representantes de organizaciones de familiares, organismos de derechos humanos, sitios de memoria, la academia y otros actores comprometidos con la verdad y la justicia. Su composición expresa la diversidad de experiencias y conocimientos de la sociedad civil que participan en el seguimiento de esta política pública de Estado.

Sus funciones requieren disponer de información pertinente y oportuna para conocer el desarrollo del Plan, identificar dificultades en su implementación y formular observaciones y propuestas fundadas.

Las actuaciones relacionadas con las condenas por crímenes de lesa humanidad no son ajenas a los objetivos del Plan. La determinación de las responsabilidades criminales, el cumplimiento de las penas y la eventual contribución de las personas condenadas con información relevante para esclarecer el destino de las personas detenidas desaparecidas son asuntos que justifican el interés del Comité en conocer los criterios institucionales aplicados.

Reconocemos que puede existir información sujeta a reserva legal. Sin embargo, ello debe fundarse en las normas aplicables y referirse a los antecedentes específicos que corresponda proteger. No resulta suficiente invocar de manera general una supuesta falta de competencia del Comité para excluir estas materias de su ámbito de seguimiento.

4. La participación no puede reducirse a una formalidad

El Plan Nacional de Búsqueda es una política pública de Estado que requiere coordinación, transparencia y participación efectiva. Para que el Comité pueda ejercer sus funciones, es indispensable que existan canales de comunicación institucional y respuestas oportunas y fundadas de las autoridades competentes.

Hemos solicitado que el ministro se pronuncie sobre las materias planteadas, entregue los antecedentes requeridos y disponga las instancias de coordinación necesarias para abordar estas preocupaciones.

La carta enviada el 28 de octubre solicita una respuesta formal y fundada, así como los antecedentes documentales correspondientes. Además, reitera la disposición del Comité a reunirse con el ministro, quien hasta ahora no ha concurrido a ninguna de sus sesiones.

La búsqueda de verdad y justicia exige instituciones que respondan, informen y asuman sus responsabilidades. El seguimiento del Plan Nacional de Búsqueda no puede ejercerse sin información ni participación efectiva.

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