En este material audiovisual elaborado por la Vicepresidencia de la Mujer y la Equidad de Género de la CUT, se apunta a la ley 21220 que establece determinados derechos para el trabajo a distancia -empleo por el cual se prestan servicios de manera total o parcial desde el domicilio- y para el teletrabajo -cuando los servicios se prestan a través de medios tecnológicos-.
Las y los trabajadores tienen derecho a la desconexión, a recibir información sobre la existencia de sindicatos, a contar con los medios necesarios para desarrollar las labores, a la protección de su vida y salud, a contar con un seguro obligatorio de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
No obstante, en materia de fiscalización el mundo sindical ha denunciado que los sistemas al amparo de esta ley son precarios o nulos, junto con criticar que la misma construcción del proyecto careció de la efectiva participación de sus organizaciones.