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Fabián Flores sobre Pueblos Originarios y borrador constitucional: “El estándar facilita que los pueblos indígenas exijan derechos indígenas”

Con el mandato del reconocimiento de las tierras,  se va cerrando la elaboración de normas ingresadas al borrador de la nueva Constitución, relativas a los pueblos originarios.

En conversación con Fabián Flores, investigador del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas CIIR, se señala que la normativa aprobada en el pleno representa un cambio paradigmático para el país y que en ningún caso implica que la nueva Constitución sea de índole indigenista.

“Hay más de 400 normas y menos del 10% de ellas se refieren a temas indígenas”, destacó el investigador.

Acorde a eso, señala que en la nueva Carta el Estado reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas de Chile, determinando como mecanismo preferente el restituir las tierras que han sido “usurpadas, expoliadas, tal vez robadas y quitadas a las comunidades de manera fraudulenta”, expresó el especialista.

En relación al reconocimiento del concepto de interculturalidad, descartó la supuesta fragmentación del país en los contenidos normativos del borrador, destacando que la plurinacionalidad comprendida como principio establece la igualdad de estatus entre pueblos, mientras que la interculturalidad actúa como un precepto vinculante.

Acerca de las autonomía territoriales indígenas, Fabián Flores indicó que nada de eso atenta contra la indivisibilidad del Estado, dado que los territorios tendrán el mandato de coordinarse e integrarse con las políticas comunales y regionales, compartiendo competencias con las otras autonomías dentro del sistema legislativo y administrativo.

Sobre el pluralismo jurídico explicó que se reconocen los sistemas jurídicos de los pueblos en coexistencia coordinada con el sistema nacional de justicia siendo la Corte Suprema la última instancia de justicia.

Por otra parte, el integrante del CIIR,  destacó que el cuerpo normativo aprobado entrega la base a “un cuadro generalizado de instituciones referidas a los pueblos indígenas que van desde el sistema político pasando por los derechos territoriales y culturales”, resaltando además, la constitucionalidad de la consulta indígena, las iniciativas de normas, la representación directa en el sistema legislativo y de gobierno local, así como del principio de plurilingüismo.

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