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Cámara aprueba ley marco contra la violencia hacia las mujeres

A días de conmemorarse el Día Internacional de la Mujer, la Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres fue aprobada en la Cámara luego de haber sido admitida también en el Senado. La ley ofrece un marco jurídico que define distintas formas violencia, entrega mayores garantías en la prevención y sanción de estos delitos, así como de reparación a las víctimas y sus familias, todo con el fin de erradicar este tipo de vulneraciones.

Con 120 votos a favor, 13 en contra y 11 abstenciones el proyecto fue despachado para ser promulgado como ley, luego de esperar por cerca de siete años, cuando en 2017 durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet,  se notificó su primera moción parlamentaria.

El proyecto “Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”  fue re impulsado por la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, quien agradeció el trabajo mancomunado para este avance legislativo:

“Tras 7 años en el congreso, se aprueba la Ley Integral en contra de la violencia hacia las mujeres. Gracias al trabajo de ex ministras, parlamentarias, sociedad civil, feministas, y por supuesto, del Ministerio para que hoy podamos decir: SE DESPACHA A LEY”.

La ministra agradeció la transversalidad de las votaciones en el Parlamento y destacó los avances que la ley ofrece en materia de justicia:

La presidenta de la Comisión Mujeres y Equidad de Género de la Cámara, la Diputada Francisca Bello, comentó el resultado de la votación y celebró la labor tanto de la Ministra, así como de anteriores representantes para lograr este progreso legislativo que quedará para las futuras generaciones:

Ha sido un largo proceso para la sociedad chilena reconocer que existe la violencia de género y que ésta se ejerce más allá del ámbito privado o exclusivamente dentro del matrimonio. 

Ejemplo de ello, es la tipificación del femicidio íntimo y no íntimo, a partir de la Ley Gabriela o la aprobación el año pasado de la Ley N° 21.565 que establece un régimen de protección y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y sus familias, considerando con esto que la violencia de género afecta o trasciende también a terceros.

Esta ley marco define la violencia contra las mujeres como “cualquier acción u omisión, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a ésta; incluyendo las acciones u omisiones de los órganos del Estado”. También establece las definiciones de sus manifestaciones: física, sicológica, sexual, económica, simbólica, institucional, laboral y gineco- obstétrica.

La ley aprobada también establece los deberes de los órganismos públicos en materia de prevención, investigación protección, sanción y reparación de violencia contra las mujeres.

Dentro de ellos, refuerza las medidas cautelares cuando existe violencia de género y las amplía a delitos dentro de ese orden si ocurren también fuera de las relaciones afectivas o de convivencia, dado que hasta la fecha, sólo en los casos de violencia intrafamiliar se pueden decretar cautelares inmediatas.

También crea un sistema integrado de gestión y seguimiento de casos,  de modo de agilizar los procesos penales y evitar la revictimización. A su vez, la ley integral contra la violencia hacia las mujeres también garantiza asistencia y representación judicial a las víctimas.

 

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