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Corte de Apelaciones de Temuco rechaza rebajar condena del Carabinero (r) que asesinó a Alex Lemún

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó rebajar la condena del Carabinero (r) que asesinó a Alex Lemún, donde la defensa buscó aplicar retroactivamente la Ley Nain -Retamal, aduciendo a que se trataría de un caso de legítima defensa; sin embargo, la Corte de Apelaciones rechazó este recurso. En los próximos días se espera que los abogados de Marco Treuer Hayssen, presenten otra apelación ante la Corte Suprema que busque rebajar la condena de 7 años de prisión dictada por el Tribunal en Lo Penal de Angol.

El abogado querellante en representación de la Familia Lemún – Saavedra, Eduardo Painevilo, señaló: “La defensa ha solicitado una rebaja de pena, en atención a la denominada Ley Nain-Retamal, la que establece una legítima defensa privilegiada o también llamada Gatillo Fácil”.

“El TOP de Angol consideró que no se reunían las circunstancias para aplicar dicha normativa y, por lo tanto, la condena impuesta a este carabinero se mantiene inamovible”, agregando que la ilustrísima Corte de Apelaciones rechazó esta medida sosteniendo los mismos argumentos que el Tribunal Oral en Lo Penal de Angol.

El adolescente mapuche tenía 17 años, cuando el Coronel de Carabineros ahora en retiro, Marco Treuer, le disparó con una escopeta, impactándolo en la cabeza. Según acredita el último fallo judicial, el Carabinero se encontraba a cargo del grupo policial que fue enviado a reprimir la toma del Fundo Santa Alicia en la comuna de Angol.

Luego de reprimir a un grupo de individuos con lacrimógenas y balines de goma, Marco Treuer decidió cambiar los cartuchos por munición de plomo, con la que disparó a Alex Lemún, impactándolo en su cabeza.

El joven falleció 5 días después, a causas de las heridas mortales del disparo. El primer juicio, revisado por el cuarto Juzgado Militar de Valdivia, sobreseyó al carabinero, pero luego de 3 años de denuncia y lucha judicial, la familia, logró que la Corte Suprema reabriera el caso en la justicia ordinaria.

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