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Comisión Chilena de Derechos Humanos respalda proyecto de ley en contra de la maternidad subrogada

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Declaración de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH) en relación con el proyecto de ley que busca prohibir toda forma de utilización de la mujer como vientre de alquiler, es decir, la eliminación de la maternidad subrogada

¡No más mercantilización de la vida humana! El vientre materno y los niños y niñas no son objetos transables

En la actualidad, las relaciones sociales y los valores que sostienen a la sociedad han sido trastocados, subordinando las cualidades esenciales de la persona —su intelecto, su sociabilidad y su espiritualidad— al consumo, dicho consumo a la producción y esta última al lucro. En este contexto, se expande de manera descontrolada la hipermecantilización y sexualización del cuerpo, al punto de desvincularlo de su propia condición humana y reducirlo a un mero objeto.

El aumento de la violencia sexual, la normalización de medios cosificantes como OnlyFans, la diversificación y expansión de la violencia intrafamiliar, la destrucción de los hogares y la fragilidad de las relaciones humanas son expresión de una idea en la que el otro deja de ser un fin en sí mismo para convertirse en un mero medio, objeto de deseos y aspiraciones individuales, pero nunca una persona con plena dignidad.

En este escenario, la vida familiar, la reproducción y la sexualidad han sido directamente afectadas por las deformaciones del sistema capitalista, que, bajo el relato de la autopercepción y el reconocimiento como fundamentos de la libertad individual, han generado una nueva forma de explotación para las mujeres más pobres del mundo. De manera proporcional, también han propiciado una nueva forma de mercantilización de los niños y niñas, quienes, antes de nacer, son objeto de actos jurídicos explícitos o simulados que no solo los separan de su familia de origen, sino que además los exponen al comercio como si fueran bienes y no seres humanos.

La humanidad debe recordar el principio fundamental recogido en el artículo 1º de la Declaración Universal de Derechos Humanos:

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

Asimismo, el artículo 4º del mismo texto establece:

“Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”.

En este sentido, Chile tiene la oportunidad de dar un primer paso en medio de la indiferencia global frente al totalitarismo individualista y subjetivista que socava las democracias occidentales. Es momento de volver a poner en el centro la dignidad humana y la verdadera finalidad del Derecho: la protección y promoción de las personas y comunidades, en especial de la comunidad primera: la familia.

¡Salus populi suprema lex est! (La ley suprema es el bienestar del pueblo) — Cicerón, De Legibus, Lib. III, part. III, sub. VIII.

La verdadera política debe ser el arte de ordenar la sociedad y sus sectores hacia el bien común, entendido como el bien propio de la persona humana, vivido, ejercido y compartido en conformidad con su condición social. La labor del legislador es, por tanto, crear leyes justas que deriven de estos principios fundamentales de dignidad humana.

Reducir el cuerpo de la mujer a un simple medio de producción y considerar al bebé como un objeto que puede ser comprado, vendido, encargado o encomendado es una negación total de este principio. La actual situación irregular que permite estas prácticas, bajo el pretexto de un supuesto “derecho a ser padres” —cuando en realidad la paternidad es un deber—, constituye una grave denigración de la condición humana.

El proyecto de ley que busca prohibir toda forma de utilización de la mujer como vientre de alquiler, es decir, la eliminación de la maternidad subrogada, representa un avance en la revalorización de la vida humana frente a su instrumentalización. Además, se alinea con las obligaciones del Estado chileno de garantizar la comprensión, difusión y protección del rol social de la maternidad, así como de eliminar todas las formas de trata y explotación contra la mujer, conforme a lo señalado en el artículo 5º de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979.

La actual situación jurídica en torno a este tema vulnera los deberes del Estado en lo que respecta al respeto de las responsabilidades, derechos y deberes de los padres, la familia extendida o la comunidad —según lo establezca la costumbre local—, los tutores o encargados legales de niños, niñas y adolescentes. Asimismo, pone en riesgo el derecho intrínseco de estos a la vida, la supervivencia y el desarrollo en su entorno familiar, según lo consagran los artículos 5, 6 y 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.

Más aún, esta propuesta de ley busca eliminar una vulneración grave de los derechos humanos de la infancia, conforme al numeral 1º del artículo 9º de la mencionada convención, que establece:

“Los Estados Partes velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de estos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño”.

A quienes desean legítimamente formar una familia y consideran la maternidad subrogada como una opción, les recordamos que existen alternativas humanas, honestas y justas, como la adopción. Si verdaderamente desean dar un futuro mejor a los niños, niñas y adolescentes, ¿por qué no optar por brindar un hogar a los menores en situación de abandono? La maternidad subrogada es una forma cruel de esclavitud para las mujeres y de despersonalización tanto de ellas como de sus hijos.

Instamos a los legisladores a cumplir con su deber fundamental de dictar normas que garanticen la justicia y el respeto por la dignidad humana. Su representación no se sustenta en la suma de voluntades individuales ni en quienes financian sus campañas, sino en su compromiso con el bien común y la promoción de los derechos humanos.

La verdadera paz no es fruto del plomo, el acero ni el fuego, sino de la justicia. Solo la justicia garantiza una paz duradera; de lo contrario, solo estaremos sembrando sal en los campos, impidiendo que algo vuelva a florecer.

Finalmente, hacemos un llamado a toda la sociedad civil y a las personas comprometidas con la justicia a respaldar el proyecto de ley que busca prohibir toda forma de utilización de la mujer como vientre de alquiler, reafirmando así la dignidad de la mujer y de los niños y niñas.

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Parlamentarios y organizaciones de DD.HH. rechazan llamar Sebastián Piñera a puente ferroviario en Concepción. Conozca declaración con adherentes

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Vía La Tercera

Los senadores Daniel Nuñez (PC), Claudia Pascual (PC) y Fabiola Campillai (Ind) se unieron al rechazo expresado por más de veinte organizaciones de derechos humanos al renobramiento del Puente Ferroviario de Concepción en honor al fallecido expresidente Sebastián Piñera. En una declaración pública, los firmantes criticaron que los sectores de derecha intentan “intentan enaltecer su figura, obviando que se trata del principal responsable político de las violaciones a los DD.HH. cometidas durante el estallido social y de uno de los principales responsables de casos de corrupción en el país”.

En el reclamo, encabezado por la Coordinadora de Organizaciones de Derechos Humanos y Memoria de la Región del Biobío, afirman que “el silencio no es una opción en momentos en que sectores políticos peligrosamente retrógrados pretenden reescribir la historia y vulnerar nuestra democracia”.

Además del cambio de nombre al puente, las fundaciones junto a los legisladores manifestaron su negativa al proyecto que busca instalar una estatua de Piñera en la Plaza de la Constitución, junto a figuras históricas como Diego Portales, Jorge Alessandri, Eduardo Frei Montalva, entre otros.

“Los ojos del mundo nos están observando y es lamentable observar como la impunidad, la falta de reparación y el negacionismo intentan avanzar. Por ello, es que como organizaciones de derechos humanos llamamos a la sociedad en su conjunto a realizar sus máximos esfuerzos por construir la unidad necesaria para lograr una verdadera justicia”, se lee en el escrito.

Por lo mismo, solicitaron al Presidente Gabriel Boric “rechazar estas iniciativas y a legislar sobre reparación y memoria para no perpetuar la espera para tantas y tantos compatriotas dañados por el Estado de Chile”.

Declaración íntegra con adherentes:

Declaración Pública no a la Estatua s Piñera
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Entregan consejos para prevenir enfermedades relacionadas con las piscinas

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  • Llegó la temporada de verano y con ella también el riesgo de aparición de enfermedades asociadas a la actividad recreativa y deportiva en el agua. 

Paseos de curso, actividades en piscinas y giras de estudio, copan la agenda de muchas familias durante fin de año.  Sin embargo, enfermedades cutáneas, gastrointestinales y respiratorias también pueden aparecer producto de las jornadas deportivas y recreativas que se realizan en el agua.

Así lo explicó Claudia Zenteno Cáceres, directora del Departamento de Ciencias del Cuidado de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Talca, quien detalló que existen “diferentes enfermedades que se pueden adquirir cuando se está en una piscina, por ejemplo, la otitis aguda, enfermedades de tipo cutánea, gastrointestinales o respiratorias”.

Para la académica es fundamental que, durante estas actividades se tenga presente que “si yo estoy enfermo, debo evitar ingresar a la piscina para no contagiar al resto y, si me voy a meter, utilizar la ducha para retirar los restos de pasto o tierra que pueden contaminar un espacio comunitario como es la piscina”.

Además, y con respecto a los cuidados a la hora de desarrollar este tipo de actividades, la especialista explicó que es importante el uso de cloro en las piscinas, porque permite mantener controlada la cantidad de microorganismos y eliminar algunos tipos de bacterias y virus que se pueden alojar en este medio.

En este sentido, la especialista hizo un llamado a tomar conciencia sobre los riesgos de ingresar al agua en lugares no autorizados. “Si yo voy a un lugar que no cuenta con autorización sanitaria, lo más probable es que no cumpla las condiciones mínimas de higiene. Ahora si de todas maneras se va hacer, visualmente se puede observar cómo está la calidad del agua. Si está turbia y hay sedimentos que se acumulan en el fondo, lo más probable es que los niveles de cloro y pH no sean adecuados, lo que estaría favoreciendo la proliferación de enfermedades”.

Consejos

La especialista de la UTalca, como consejo general frente al aumento de las actividades acuáticas en esta época, destacó el estar alerta frente a cualquier síntoma que pueda producirse. “Se pueden tener reacciones alérgicas o algún enrojecimiento en el cuerpo. También síntomas gastrointestinales, como molestias abdominales con dolor, cuadros diarreicos y en el caso de las respiratorias, pueden surgir sintomatologías similares al resfriado, que es lo más común, y con fiebre incluso”, indicó.

En enfermedades como la otitis, agregó que “se presentará dolor o alguna salida de secreción a través de los oídos. Es importante que, en todos los casos que mencioné, si los síntomas persisten se debe consultar al médico”.

También, destacó la especialista que “los niños más pequeños son mucho más propensos a adquirir algún tipo de enfermedad, entonces la precaución es que ingresen con tapones en los oídos para evitar algún tipo de infección y, muy importante, es que se les enseñe a no tragar agua, ya que muchos de ellos lo hacen y ese líquido puede estar contaminado”.

Por último, la académica Claudia Zenteno Cáceres, insistió en la higiene personal al terminar cualquier tipo de actividad recreativa o deportiva que involucre agua. “La higiene es fundamental al salir de la piscina, junto con el lavado frecuente de manos que siempre evitará contagiarnos con diferentes enfermedades”.

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Cómo prevenir el “oído tapado” y disfrutar del verano sin complicaciones

Evitar la entrada de agua con tapones o gorros de baño, secando correctamente los oídos tras nadar, y evitando el uso de objetos como hisopos es fundamental para evadir esta veraniega molestia.

Con la llegada del verano, las piscinas se convierten en el refugio ideal para escapar del calor. Sin embargo, el “oído tapado” es una molestia común que puede surgir después de nadar. Este problema ocurre cuando el agua queda atrapada en el canal auditivo, generando incomodidad e incluso infecciones si no se trata a tiempo.

Para el tecnólogo médico especializado en otorrinolaringología y docente de la carrera de Tecnología Médica de la Universidad de O’Higgins (UOH), Exequiel Soto, la acumulación de agua en el oído “no solo genera la sensación de bloqueo, sino que también puede provocar infecciones como la otitis externa u oído de nadador’”. 

¿Cuáles son los principales síntomas? Según el docente, los síntomas principales del “oído tapado” incluyen “la sensación de oído lleno, picazón o molestias en el canal auditivo, pérdida temporal de audición y, en casos graves, dolor intenso o secreción”.

El profesional recomienda tomar medidas sencillas para prevenir y tratar el “oído tapado”. “Es importante evitar que el agua entre en los oídos utilizando tapones específicos para nadadores o gorros de baño ajustados. Después de nadar, se debe secar correctamente el oído, inclinando la cabeza hacia un lado y dando pequeños saltos para expulsar el agua, además de usar una toalla limpia para la parte externa.

También es fundamental evitar el uso de objetos como hisopos que puedan empujar el agua más adentro o dañar el canal auditivo. Si las molestias persisten más de 48 horas o hay dolor y secreción, es crucial consultar a un especialista. Para quienes son propensos a infecciones, las gotas secantes pueden ser una opción efectiva para eliminar la humedad acumulada”, explica Soto. 

Tomar precauciones sencillas no solo evitará molestias, sino que también garantizará una buena salud auditiva. Este verano, cuida tus oídos y sumérgete en la diversión sin temor al “oído tapado”.

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Desarrollan tecnología que aprovecha residuos de la minería para la industria automotriz

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El empleo de esta técnica puede aplicarse a diversos usos como la fabricación de vehículos eléctricos, depuración de aguas y almacenamiento de energía.

La ligereza y resistencia de las aleaciones de aluminio y magnesio son cualidades muy apreciadas en la industria automotriz, sobre todo para la fabricación de partes duras como los chasis de automóviles. Esta, precisamente, es una de las potenciales aplicaciones del proyecto “Desarrollo de sistema de separación por membranas inorgánicas para obtención de metales alcalinos puros en solventes iónicos; ampliando la industria de minería no-metálica”, liderado por el académico del Magíster de Ingeniería de Procesos y del Doctorado de Industria Inteligente de la Escuela de Ingeniería Química de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV), Carlos Carlesi.

La investigación se centra en la purificación de productos minerales mediante separación por membrana, aprovechando sales con alto contenido de magnesio producidas en la industria del litio. Esto implica el uso de solventes iónicos sin agua, debido a la reactividad del magnesio con este elemento, y el desarrollo de una membrana inorgánica especial.

Precisamente esta membrana es uno de los elementos innovadores del proyecto y representa una mejora respecto al empleo de las tradicionales de polímeros que, si bien cumplen su cometido, poseen ciertas falencias como ser más sensibles a las altas temperaturas, afectando su aplicación en ciertos casos. “La innovación es la generación de membranas que son capaces de discriminar qué iones queremos separar y cuáles queremos mantener, con el foco en metales reactivos que no pueden ser procesados en presencia de agua”, detalló el investigador.

Respecto a los potenciales usos derivados de este proyecto, Carlos Carlesi planteó que “hoy en día, con la necesidad de mejorar la eficiencia de los automóviles, sobre todo los eléctricos, se están utilizando mayormente aleaciones de aluminio con magnesio por su menor peso y muy buena resistencia, por lo tanto, este sistema podría aumentar mucho la eficiencia de estos vehículos al hacer más liviana toda su parte más pesada”.

El proyecto busca aprovechar el cloruro de magnesio o bischofita, subproducto minero de la industria del litio que actualmente se acumula en grandes cantidades en el desierto junto a las pozas de evaporación, y darle un uso como materia prima para otras aplicaciones.

“El primer foco es aprovechar una riqueza que tiene el país, derivada de la industria del litio. Buscamos, por medio del uso de un solvente iónico, separar el magnesio del cloruro y purificar el magnesio en forma metálica”, puntualizó el académico.

El uso de aleaciones de magnesio y aluminio no es nuevo. Actualmente, se emplea este material en la industria alimentaria para la fabricación de las piezas más duras de las latas de bebidas, donde se aprecian propiedades de alta rigidez, resistencia y baja densidad.

Actualmente, el proyecto se encuentra en una etapa intermedia de pruebas de laboratorio para obtener resultados experimentales. En particular, sostuvo el investigador, se están diseñando y sintetizando las membranas inorgánicas, con el objeto de que resistan un medio agresivo de trabajo, en el contexto de su uso en la separación del metal.

OTRAS APLICACIONES

Según explicó el Decano de la Facultad de Ingeniería de la PUCV y co investigador del proyecto, Gianni Olguín, el desarrollo de esta tecnología permite aprovechar elementos derivados de la minería no metálica –como el magnesio, el potasio o el yodo– en la separación de los iones alcalinos, la desalación de agua y el almacenamiento de energía.

“Nos permite realizar otro tipo de aplicaciones, como es la depuración del agua, es decir, limpiarla de metales pesados como el cobre o el arsénico, que son un problema en nuestro país. Otro uso, que está en vías de estudio, es utilizar estas membranas en las celdas electroquímicas de las pilas para almacenar energía, lo cual es muy relevante pues no se puede producir energía solar en la noche o eólica cuando no hay viento; entonces se necesita pensar en formas de almacenamiento y ahí las membranas juegan un papel importante porque son las que determinan la potencia que tienen estas pilas combustibles”, detalló Olguín.

Esta investigación es financiada a través del proyecto “InES I+D” del concurso “Innovación para la Vinculación Socioproductiva”, organizado por la Dirección de Innovación de la Vicerrectoría de Investigación, Creación e Innovación (VINCI) de la PUCV, cuyo objetivo es resolver desafíos que impacten en la sociedad o aborden problemáticas de interés público y/o privado a nivel nacional e internacional.

El equipo de investigadores está compuesto, además, por el Dr. Christoffer Loffler, académico de la Escuela de Informática; Aldo Silva, alumno de doctorado de la misma Escuela; y Martín Ayala, alumno del Magíster en Ingeniería de Procesos de la Escuela de Ingeniería Química de la PUCV.

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DT recuerda deber de protección a trabajadores/as ante altas temperaturas

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En fiscalización realizada en el Parque Metropolitano, el organismo explicó que las y los trabajadores deben ser provistos de elementos de protección personal libres de todo costo para evitar los efectos de la radiación UV y tener asegurada agua potable para beber durante toda la jornada laboral, entre otros derechos.

  • A multas entre 3 y 60 UTM se exponen los empleadores que infrinjan las medidas de higiene y seguridad laboral de sus trabajadores durante los días de altas temperaturas y temperaturas extremas que se han pronosticado para estos días en la zona centro-sur del país.

Durante una fiscalización en el Parque Metropolitano, el director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez, subrayó que es deber de los empleadores proteger la integridad física de los trabajadores, especialmente frente a la ola de calor pronosticada para el fin de semana. Entre las medidas obligatorias destacan la entrega de bloqueador solar certificado, ropa adecuada con filtro UV, gorros tipo legionario y agua fresca para una correcta hidratación.

La Dirección del Trabajo enfatizó que la protección solar debe ser de factor 30 o superior para la mayoría de los trabajadores, y de factor 50 o más para quienes desempeñan labores en condiciones más exigentes, como en la construcción, agricultura, faenas en altura geográfica o trabajos en altamar.

La Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región Metropolitana, Marcela Cepeda, informó que la región está bajo alerta roja debido a temperaturas que podrían llegar a los 37 grados. “Estamos fiscalizando activamente para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad laboral y seguiremos con este despliegue en otras regiones del país”, señaló.

Por su parte, la directora regional Metropolitana Oriente del Trabajo, Carolina Campos, recomendó reorganizar las jornadas laborales para evitar las horas de mayor calor. Además, recordó que los empleadores deben proporcionar ropa de algodón con trama tupida y factor de protección solar 15 o superior, así como lentes con filtro UV y gorros tipo legionario para quienes trabajan al aire libre. En el caso de los trabajadores que usan casco, este debe estar cubierto con un gorro legionario ajustable.

Las multas por incumplimientos varían entre 3 UTM ($201.882) y 60 UTM ($4.037.640), según el valor de la UTM en febrero ($67.294), y dependerán del tamaño de la empresa.

La Dirección del Trabajo recibirá denuncias a través de su sitio web, el Canal de Atención Telefónica 600 450 4000 (de 09:00 a 17:00 horas), y en sus 87 oficinas a nivel nacional. También se habilitó la casilla electrónica exposicionaltastemperaturas@dt.gob.cl para reportar infracciones relacionadas con la exposición a altas temperaturas.

Infracciones

Las y los empleadores se pueden exponer a multas si no cumplen con estos requisitos de higiene y seguridad:

•          No tomar las medidas para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

•          No proporcionar a los trabajadores -libre de todo costo- los elementos de protección personal.

•          No contar cada trabajador con agua potable para beber.

•          No realizar la gestión de riesgo ante radiación UV.

•          No especificar el uso de los elementos de protección de la radiación UV.

•          No contar con programa escrito teórico-práctico de protección y prevención contra la exposición ocupacional a radiación UV de origen solar.

El artículo 184 del Código del Trabajo sostiene que el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

En fiscalización realizada en el Parque Metropolitano, el organismo explicó que las y los trabajadores deben ser provistos de elementos de protección personal libres de todo costo para evitar los efectos de la radiación UV y tener asegurada agua potable para beber durante toda la jornada laboral, entre otros derechos.

  • A multas entre 3 y 60 UTM se exponen los empleadores que infrinjan las medidas de higiene y seguridad laboral de sus trabajadores durante los días de altas temperaturas y temperaturas extremas que se han pronosticado para estos días en la zona centro-sur del país.

Durante una fiscalización en el Parque Metropolitano, el director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez, subrayó que es deber de los empleadores proteger la integridad física de los trabajadores, especialmente frente a la ola de calor pronosticada para el fin de semana. Entre las medidas obligatorias destacan la entrega de bloqueador solar certificado, ropa adecuada con filtro UV, gorros tipo legionario y agua fresca para una correcta hidratación.

La Dirección del Trabajo enfatizó que la protección solar debe ser de factor 30 o superior para la mayoría de los trabajadores, y de factor 50 o más para quienes desempeñan labores en condiciones más exigentes, como en la construcción, agricultura, faenas en altura geográfica o trabajos en altamar.

La Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región Metropolitana, Marcela Cepeda, informó que la región está bajo alerta roja debido a temperaturas que podrían llegar a los 37 grados. “Estamos fiscalizando activamente para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad laboral y seguiremos con este despliegue en otras regiones del país”, señaló.

Por su parte, la directora regional Metropolitana Oriente del Trabajo, Carolina Campos, recomendó reorganizar las jornadas laborales para evitar las horas de mayor calor. Además, recordó que los empleadores deben proporcionar ropa de algodón con trama tupida y factor de protección solar 15 o superior, así como lentes con filtro UV y gorros tipo legionario para quienes trabajan al aire libre. En el caso de los trabajadores que usan casco, este debe estar cubierto con un gorro legionario ajustable.

Las multas por incumplimientos varían entre 3 UTM ($201.882) y 60 UTM ($4.037.640), según el valor de la UTM en febrero ($67.294), y dependerán del tamaño de la empresa.

La Dirección del Trabajo recibirá denuncias a través de su sitio web, el Canal de Atención Telefónica 600 450 4000 (de 09:00 a 17:00 horas), y en sus 87 oficinas a nivel nacional. También se habilitó la casilla electrónica exposicionaltastemperaturas@dt.gob.cl para reportar infracciones relacionadas con la exposición a altas temperaturas.

Infracciones

Las y los empleadores se pueden exponer a multas si no cumplen con estos requisitos de higiene y seguridad:

•          No tomar las medidas para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

•          No proporcionar a los trabajadores -libre de todo costo- los elementos de protección personal.

•          No contar cada trabajador con agua potable para beber.

•          No realizar la gestión de riesgo ante radiación UV.

•          No especificar el uso de los elementos de protección de la radiación UV.

•          No contar con programa escrito teórico-práctico de protección y prevención contra la exposición ocupacional a radiación UV de origen solar.

El artículo 184 del Código del Trabajo sostiene que el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

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Confirman condenas a 5 ex agentes de la DINA por secuestro calificado de estudiante de enfermería en 1977

Jenny Barra Rosales (23) fue detenida en octubre de 1977 por agentes de la DINA y sus restos fueron encontrados 24 años después en la Cuesta Barriga.

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel,  dictó sentencia de segunda instancia en la causa que investiga la detención y homicidio de Jenny Barra Rosales, estudiante de enfermería de la Universidad Católica y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, cometido a partir del 17 de octubre de 1977.

Las ministras Maria Catalina González y   Claudia Lazen, y el magistrado  Leonardo Varas Herrera, condenaron a los ex militares y miembros de la Dirección Nacional de Inteligencia, DINA, Pedro Espinoza Bravo (Brigadier de Ejército), Rolf Wenderoth Pozo (Coronel), Juan Morales Salgado (coronel) y a Miguel Krassnoff Martchenko (brigadier)  en calidad de autores del delito de secuestro calificado de la víctima,  a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo.

Por su parte,  Enríque Sandoval Arancibia fue condenado como encubridor del delito de secuestro calificado cometido en contra de la víctima, a la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, cuya condena el tribunal da por cumplida con el tiempo que el inculpado estuvo sometido a prisión preventiva en esta causa desde el 7 de febrero de 2022.

De esta manera, la Corte confirmó en todas sus partes la sentencia de primera instancia dictada por la ministra en visita extraordinaria para causas de DD.HH de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, en mayo de 2024.

Jenny Barra Rosales, tenía 23 años al momento de los hechos. Su detención fue cerca de su domicilio en la comuna de San Bernardo y fue trasladada al centro clandestino de tortura Villa Grimaldi y popsteriormente al Simón Bolivar,  donde desapareció. Sus restos fueron encontrados más de dos décadas después,  en 2001, en una mina abandonada en la Cuesta Barriga, en el lugar se pudo identificar dos fragmentos óseos de la víctima.

“ No es solo un secuestro calificado” 

La Abogada querellante Andrea Gattini, del Estudio Caucoto Abogados, valoró la sentencia de la Tercera Sala señalando que “si bien es cierto estamos conformes con que se hayan confirmado las condenas a quienes participaron en los horrorosos crímenes cometidos en la persona de la víctima, pero creemos que no se han sopesado los hechos en toda su magnitud y eso repercutió en la calificación jurídica de los delitos cometidos y en la pena impuesta a los condenados”.

En ese sentido, Gattini informó que ya presentaron un recurso de casación para que se pueda considerar también dentro de la pena a los condenados el delito de homicidio calificado, toda vez que  “Jenny Barra fue detenida y encerrada en centros clandestinos de tortura y exterminio para sacar toda la información posible, y solo luego de haber cumplido ese propósito criminal, fue asesinada y su cuerpo arrojado a un pique minero en la Cuesta Barriga, para asegurar absoluta impunidad. No es solo un secuestro calificado, por lo que presentamos un recurso ante la Corte Suprema insistiendo en una correcta calificación, cuestión que es de toda justicia y esperemos que prospere”, finalizó.

Los hechos: 

La ministra Marianela Cifuentes pudo acreditar los siguientes hechos en su investigación:

“1° Que el día sábado 15 de octubre de 1977, en horas de la mañana, José Miguel Tobar Quezada, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido por agentes de seguridad que se movilizaban en un automóvil marca Peugeot, modelo 404, quienes lo privaron del sentido de la vista, poniendo cinta adhesiva sobre sus párpados, impidiendo de esa manera que observara la ubicación del lugar al que fue trasladado, el centro de detención clandestino denominado ‘Villa Grimaldi’.

2° Que, tras arribar a dicho recinto, los agentes de seguridad sometieron a José Miguel Tobar Quezada a interrogatorios y apremios ilegítimos con el fin de obtener información acerca de otros militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), logrando conseguir la identificación de Jenny del Carmen Barra Rosales, estudiante de Enfermería de la Pontificia Universidad Católica de Chile, militante del MIR, de nombre político ‘Hilda’.

3° Que, seguidamente, los agentes de seguridad se trasladaron en un automóvil marca Peugeot a las inmediaciones del domicilio de Jenny del Carmen Barra Rosales, ubicado en calle Industrias N° 1.675 de la comuna de San Bernardo, entrevistándose con su vecino Jaime Vera Maulén, a quien consultaron respecto de sus actividades.

4° Que el día 17 de octubre de 1977, en horas de la tarde, Jenny del Carmen Barra Rosales estuvo en la casa de su amiga Patricia Reveco Bastías, situada en calle José Joaquín Pérez N° 1.073 de la comuna de San Bernardo y, al retirarse en dirección a su domicilio en la misma comuna, fue detenida, sin derecho, por agentes de seguridad, quienes, acto seguido, la trasladaron al mismo recinto en que permanecía privado de libertad Tobar Quezada desde el día 15 de octubre de 1977, esto es, el centro de detención clandestino ‘Villa Grimaldi’.

5° Que, estando privada de libertad en ‘Villa Grimaldi’, Jenny Barra Rosales sufrió los mismos padecimientos que el resto de los detenidos, de hecho Tobar Quezada escuchó su voz y su llanto en los momentos en que era interrogada y fue ella quien, doblegada por la tortura, proporcionó los antecedentes que permitieron la detención de Hernán Santos Pérez Álvarez, un fotógrafo y militante del MIR, practicada el día 19 de octubre de ese año en la comuna de Pudahuel y la mujer que testigos vieron en las inmediaciones del lugar de los hechos en un automóvil marca Peugeot, modelo 404, de color gris, patente CH 800 de Renca –otorgada por dicho municipio a la DINA–, custodiada por agentes de seguridad.

6° Que José Miguel Tobar Quezada, Jenny del Carmen Barra Rosales y Hernán Santos Pérez Álvarez, detenidos de manera consecutiva entre el 15 y el 19 de octubre de 1977, militaban en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y colaboraban estrechamente con la elaboración de la publicación denominada ‘El Rebelde’.

7° Que, con posterioridad, José Miguel Tobar Quezada y Jenny del Carmen Barra Rosales fueron trasladados al centro de detención clandestino denominado ‘Simón Bolívar’, lugar en que permanecieron ilegalmente encerrados.

8° Que, en definitiva, Jenny del Carmen Barra Rosales murió, en fecha no determinada, de manera violenta, a consecuencia de eventos traumáticos provocados por terceros, tras lo cual su cuerpo fue arrojado a un socavón de la mina ‘Los Bronces’ en la Cuesta Barriga, lugar en que el año 2001 se encontraron solo algunos pequeños fragmentos esqueletizados, ya que en el mes de enero de 1979, por decisión de la autoridad de la época, agentes de la Central Nacional de Informaciones realizaron en ese sitio un operativo con el fin de extraer los restos de los prisioneros ejecutados, los que fueron removidos y trasladados a un lugar no determinado.

9° Que, como se ha dicho, los hechos tuvieron principio de ejecución en el mes de octubre del año 1977, época en que la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) había sido disuelta y operaba la Central Nacional de Informaciones (CNI), organismo de inteligencia que continuó realizando acciones represivas en contra de los militantes de los partidos políticos contrarios al gobierno, en especial del Partido Comunista y el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y que, para tales efectos, recibió el personal y el patrimonio de la disuelta DINA, en particular los centros de detención clandestinos denominados ‘Villa Grimaldi’ y ‘Simón Bolívar’, los agentes encargados de su funcionamiento y sus superiores jerárquicos.

10° Que, en razón de lo anterior, en el período que nos ocupa, el centro de detención clandestino ‘Villa Grimaldi’ estaba a cargo del capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko, quien, además, ejercía el mando de los equipos operativos encargados de perseguir y exterminar a los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y, por otra parte, el centro de detención clandestino ‘Simón Bolívar’ estaba bajo el mando del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, quien, adicionalmente, detentaba la jefatura de la Brigada Lautaro.

11° Que, asimismo, el general de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda –actualmente fallecido–, el coronel de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y el teniente coronel de Ejército Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo se desempeñaron como director, director de Operaciones y subdirector de Inteligencia Interior de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), respectivamente y, tras la disolución de dicho organismo, continuaron desarrollando sus funciones en la Central Nacional de Informaciones (CNI) en el período en que los hechos que nos ocupan comenzaron a desarrollarse”.

SENTENCIA Rol 6-2002 Jenny Barra Rosales

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Festival de Todas las Artes Víctor Jara de Quillota celebra su vigésima versión

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Este  viernes 15 de febrero se realizará en la ciudad de Quillota la XX Versión del Festival de Todas las Artes Víctor Jara, evento que contará nuevamente con un amplio programa cultural escénico.

El evento que se realizará en la plaza de armas de la ciudad de la Región de Valparaíso, contará con música, stand de expositores, poesía y teatro en homenaje al artista nacional, cantautor, músico, actor y director de teatro.

La  convocatoria del Centro Cultural Pablo Neruda es a participar de la muestra y de su programa desde las 9:30 horas. El colectivo anunció que asistirán diversas organizaciones, poetas, además de la presentación de una obra de teatro y muchas otras sorpresas.

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Convocatoria 2025 para ser parte del Coro de Niños y Niñas FOJI

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Niños y niñas de entre 8 y 13 años pueden postular hasta el 07 de marzo al coro de niños y niñas FOJI, a través del que podrán acceder a una beca para desarrollar una práctica coral,  de carácter formativo, no profesional, con el apoyo pedagógico de directores e instructores profesionales del más alto nivel .

La Fundación de Orquestas Juveniles e Infantiles de Chile (FOJI) invita a niñas y niños entre 8 y 13 años, a postular al Coro de Niños y Niñas FOJI. En este espacio, podrán perfeccionar y profundizar el desarrollo individual y grupal de la técnica vocal, conocerán diversos repertorios y estilos a través de la interpretación de obras a capella, escenificadas y sinfónicas corales, además de participar en diversos conciertos a lo largo del año.

Las niñas que deseen postular al Coro de Niños y Niñas FOJI deberán haber nacido entre 2017 y 2012 y contar con una voz sana. Por su parte, los niños deberán haber nacido entre 2017 y 2013, no estar en proceso de muda vocal o, en caso de tener 13 años (nacidos en 2012), ser capaces de manejar su voz en falsete.

Otros requisitos incluyen contar con conocimientos en lectura musical y poseer una cédula nacional de identidad o una cédula de identidad para extranjeros, ambas vigentes al momento del cierre de la postulación. Además, tanto el/la postulante como su padre, madre o cuidador legal deberán tener domicilio en la Región Metropolitana. En el caso de los niños y niñas, deberán estar cursando sus estudios primarios o secundarios en un establecimiento educacional reconocido por el Estado y ubicado en la Región Metropolitana.

“Ser parte del coro de niños y niñas es una valiosa experiencia, que le permitirá a cada uno de sus integrantes aprender y perfeccionar su práctica coral en un ambiente respetuoso y protegido” comentó el compositor y director ejecutivo de FOJI, Pablo Aranda.

Por su parte, la Directora del Coro de Niños y Niñas FOJI, Cecilia Barrientos, invita a postular a todos los niños y niñas interesados en ser parte este elenco y señala que quienes ingresen al coro podrán “aprender técnicas de la voz cantada a través de la interpretación de repertorio a capella y vivir la experiencia única de realizar conciertos de manera constante, interpretando repertorio sinfónico coral junto a las orquestas de la Fundación”.

¿Cómo postular?

Los interesados podrán postular desde el 30 de enero al 7 de marzo, para esto deberán completar el Formulario de Inscripción de manera online aquí Una vez cerrado el período de inscripción y verificado el correcto envío de la documentación, en función de los antecedentes solicitados en el Formulario de Inscripción, se informará a través de correo electrónico dirigido al apoderado y/o al postulante la aceptación o no para continuar con la siguiente etapa de evaluación (audición).

Quienes resulten seleccionados mantendrán la beca desde el 22 de marzo de 2025 hasta el 1 de febrero de 2026. Además, deberán asistir a ensayos presenciales los días sábados en las dependencias de la Fundación.

Sobre FOJI

La Fundación de Orquestas Juveniles e Infantiles de Chile es una institución privada sin fines de lucro, que ha generado espacios y oportunidades de crecimiento integral elevando el desarrollo social, cultural y educacional de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de todo el país mediante la música y la conformación de elencos.

Desde su modelo formativo, FOJI busca contribuir al desarrollo integral de los becados/as mediante el fomento de la práctica musical y su enseñanza dentro de un marco de respeto y compromiso social, entregando una experiencia formativa caracterizada por ser activa y colaborativa, con acceso social y territorial, que procura las condiciones óptimas para el logro de los objetivos formativos.

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