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Éxito para el juez Urrutia: querella por prevaricación en caso de Primera Línea se mantiene en curso

Durante los últimos días se conoció que el tribunal de alzada de Santiago confirmó la inadmisibilidad de la querella presentada por el Juez Daniel Urrutia, en contra de un grupo de ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y de una ministra de la Corte Suprema por presunta prevaricación.

Sin embargo, la misma acción legal efectuada por el abogado de DDHH, Fernando Leal, ha seguido en curso, lo que pone en atención la decisión de la instancia judicial.

En marzo del año 2020 el juez Daniel Urrutia dejó en libertad a 13 jóvenes acusados de pertenecer a la primera línea, decisión que fue revocada por un grupo de ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Frente a los delitos de baja penalidad, el inicio de la pandemia y la irreprochable conducta de los detenidos, el juez Daniel Urrutia sustituyó la prisión preventiva y dejó al grupo con arresto domiciliario.

Por tal motivo, la corte de Santiago se auto convocó y dejó sin efecto la libertad otorgada por el juez a estas personas, quien además fue traslado e investigado dentro de un proceso administrativo para sancionarlo.

A Juicio del abogado Leal, los ministros actuaron con total ilegalidad en tanto no existe una norma legal que permita que una resolución dictada por un juez, pueda ser revocada por el pleno de la corte.

“Si la resolución hubiese sido apelada por algún interviniente, podría haber sido revocada, pero actuaron con un sentido de urgencia sin facultades legales, afectando la independencia del juez y la libertad de las personas, quienes posteriormente fueron dejados en libertad por otro juez”, indicó Leal.

Por otro lado, la querella presentada por el abogado y la psicóloga Olga Torres por prevaricación durante el 2021, fue admitida. Sin embargo, este año el juez Urrutia se querelló por la misma causa y fue declarada como inadmisible, siendo que la Corte de Santiago, “ahora resuelve en un sentido totalmente contrario”, indicó el abogado

Al respecto, advirtió que desde el marco jurídico internacional y de fallos vinculantes, si los tribunales superiores emiten un pronunciamiento en un sentido determinado, en un caso análogo tiene que resolverse de la misma manera. En el caso del juez Urrutia no se habría sostenido la legitimación del querellante, en tanto no se ha mantenido el mismo criterio.

En relación al carácter político de la prisión de quienes participaron de las protestas de la revuelta social, el abogado indicó que negar su existencia en el país porque no se persigue a las personas por cómo piensan, solo responde a una de las varias aristas de la prisión política, que también ha sido descrita por el Consejo Europeo y es posible de ser considerada como un crimen de lesa humanidad por el Estatuto de Roma.

Acerca de este último, el especialista señaló que se considera un crimen de lesa humanidad el mantener privada de libertad a personas en contra de lo que establece el derecho internacional de los derechos humanos, situación que habría ocurrido con los jóvenes que fueron encarcelados, y que podría verse a nivel internacional, sostuvo Leal.

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