La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó el sobreseimiento dictado respecto del ex alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, uno de los 17 acusados por la Fiscalía Metropolitana Occidente, por delitos de corrupción en el marco de la investigación por la adjudicación de contratos de recolección y disposición de basura.
Las pericias se realizaron a la empresa KDM, por su labor en las municipalidades de Maipú y Ñuñoa, como de licitaciones públicas y de servicios de honorarios en los municipios de Cerro Navia y Colina.
La resolución unánime del tribunal de alzada también revocó la medida respecto del ex jefe jurídico de la municipalidad de Ñuñoa, bajo la administración de Sabat, Marcial Araya Hernández.
Para el fiscal regional metropolitano occidente, José Luis Pérez Calaf, la decisión valida la posición de la Ministerio Público en el sentido “que corresponde en sede de juicio oral presentar la teoría del caso y los antecedentes probatorios por parte de fiscalía y por parte de la defensa, y que ellos sean valorados por un tribunal colegiado, a fin de dar, o no, por acreditado el delito de fraude al fisco y la participación de los acusados”.
“La resolución del juez de garantía que ha sido revocada por la corte da cuenta que no estaba conforme a derecho dado que había excedido sus facultades”, añadió el persecutor.
Los alegatos para revocar la resolución del 9° Juzgado de Garantía de Santiago fueron realizados por la jefa jurídica de la Fiscalía Occidente, Claudio Roco y la abogado del Consejo de Defensa del Estado, Luppy Aguirre.
La audiencia de preparación de juicio oral por esta causa, que involucra además al ex jefe comunal de Maipú, Christian Vittori, está fijada para el próximo 18 de junio.
Sin embargo, está pendiente la contienda de competencia trabada entre dicho tribunal, respecto del Juzgado de Garantía de Colina y el 5° Juzgado de Garantía de Santiago.
Ello, a partir del hecho que el juez del primer tribunal mencionado, separó las aristas de esta indagación según la jurisdicción de las comunas involucradas, posición que no ha compartido el Ministerio Público.
La fiscalía basa su argumento en que la causa debe llevarse a juicio oral como un todo, y no por separado, en atención a que las conductas desplegadas por los imputados formaron parte de un modus operandi que debe conocer y sancionarse en un solo Tribunal Oral, por la naturaleza, circunstancias de los hechos y los imputados involucrados en el contexto de municipalidades.