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Movilh critica proyecto que prohíbe la gestación subrogada y establece penas de hasta 20 años de cárcel

  • El proyecto estigmatiza a mujeres que, de manera libre y solidaria, deciden ayudar a otra mujer o parejas a ser madres o padres. Establece sanciones que van hasta los 10 años de presidio y multas de 5.000 UTM a quienes participen en la gestación subrogada. El Movilh calificó de “inhumano” el proyecto de ley.

A pasos de votarse en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados se encuentra un proyecto de ley, liderado por el republicano Juan Irárrázaval Rossel, que sanciona con penas que van desde 541 días hasta 20 años de presidio y multas de hasta 5.000 UTM a quienes posibiliten, publiciten o intermedien este tipo de procedimientos.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) calificó hoy como “inhumano este proyecto de ley, en tanto asocia a la gestación subrogada siempre a abusos, violentando la dignidad de niños, niñas que han nacido bajo esta técnica, así como a sus madres y padres. La gestación subrogada debe regularse, contemplar sanciones cuando impliquen abusos, pero en ningún caso criminalizar a personas, familias o instituciones que las practican sin violentar derechos humanos”.

“Valoramos que diversos congresistas estén ya están alineados con la necesidad de regular sin criminalizar a personas y familias inocentes, al tiempo que felicitamos el trabajo que está desarrollando la Asociación Nuevas Familias en tal sentido y para sensibilizar al Congreso Nacional”, apuntó el Movilh.

El proyecto de ley

El denominado “Proyecto de ley que modifica diversas normas en materia de familia, con el propósito de prohibir toda forma de utilización de la mujer como vientre de alquiler” fue presentado el 31 de enero del 2025 por los diputados Héctor Barría Angulo (DC), Juan Irarrázaval Rossel (REP),  Francesca Muñoz González (PSC), Ximena Ossandón Irarrázabal (RN) y Consuelo Veloso Ávila (FA), y los/as entonces congresistas Helia Molina Milman (PPD) y Felipe Donoso Castro (UDI).

El 26 enero de del 2026 fue aprobado en general, por 9 votos contra 0 en la Comisión de Familia,  contando en ese momento con los respaldos del presidente de la entidad (Juan Irarrázaval ) y de los/as diputados Sara Concha (PSC), Muñoz González (PSC), Natalia Romero (IND-UDI) y Veloso Ávila (FA), así como de los entonces diputados Arturo Barrios (PS), Christian Matheson (IND-Evopoli), Patricio Rosas (FA) y Jorge Saffirio (Demócratas).

Durante su tramitación en la Comisión de Familia, entre el 23 de abril y el 20 de julio pasado, si bien se introdujeron algunas modificaciones al proyecto, se mantuvo la criminalización de la gestación subrogada.

En efecto el proyecto aprobado por la Comisión de Familia, prohíbe la maternidad subrogada en Chile, declara nulos los contratos de gestación por sustitución y establece que la filiación de los niños nacidos mediante esta práctica será determinada por el parto, sin perjuicio de que el padre biológico pueda reclamar judicialmente la paternidad.

Asimismo, sanciona a quienes intermedien entre una mujer gestante y una persona o pareja, así como a quienes organicen, realicen o publiciten la maternidad subrogada o la comercialización de embriones, con penas de 541 días a 3 años de presidio y multas de 1.000 UTM. Si estas conductas se cometen de forma habitual o con ánimo de lucro, la sanción aumenta a 5 años y un día a 10 años de presidio y multas de 5.000 UTM.

Además, los profesionales de la salud que intervengan para facilitar una maternidad subrogada arriesgan 5 años y un día a 15 años de presidio y multas de 5.000 UTM, mientras que quienes promuevan estas prácticas aprovechándose de una relación de dependencia o de la vulnerabilidad, inexperiencia o ignorancia de una mujer enfrentan 10 años y un día a 20 años de presidio, además de multas de 5.000 UTM.

El proyecto también incorpora la maternidad subrogada y la venta de niños entre las formas de explotación contempladas en el delito de trata de personas; incorpora los delitos de intermediación y de promoción abusiva de la maternidad subrogada al catálogo de ilícitos por los cuales pueden responder penalmente las personas jurídicas; permite que los tribunales chilenos persigan determinados delitos cometidos en el extranjero por chilenos o residentes habituales en el país; e inhabilita para adoptar a quienes hayan sido parte, como comitentes o requirentes, de un contrato de maternidad subrogada, salvo resolución judicial fundada en el interés superior del niño o niña. Finalmente, dispone que la nueva ley no afectará la filiación de niños y niñas nacidos antes de su entrada en vigencia y garantiza que ninguno pueda quedar sin filiación determinada.

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