Este 7 de abril de 2026, el juez Lee de la Corte Federal de Australia emitió su fallo respecto de la revisión solicitada por Adriana Rivas en contra de la decisión adoptada por la ministra de Finanzas de Australia, quien en agosto de 2024 resolvió su entrega a las autoridades chilenas.
Cabe recordar que el 29 de octubre de 2020 la justicia australiana ya había determinado que Rivas era elegible para ser extraditada a Chile, decisión que posteriormente fue confirmada por el pleno de la Corte Federal. Tras ello, y luego de revisar los argumentos presentados por la defensa, la ministra ratificó su entrega en agosto de 2024.
Sin embargo, en septiembre de ese mismo año, Rivas inició un proceso de revisión judicial con el objetivo de anular dicha determinación, argumentando que la autoridad se había excedido en sus facultades y cuestionando la tipificación de los delitos imputados.
Entre sus planteamientos, sostuvo que los hechos debían ser considerados crímenes de lesa humanidad y no secuestros con agravantes, argumentando que estos últimos no existían en la legislación vigente al momento de ocurrir los hechos y que, por tanto, se encontrarían prescritos. Estos argumentos fueron desestimados por la Corte Federal, que los calificó como “mal concebidos”.
En su fallo, el juez Lee señaló que los antecedentes presentados por las familias de las víctimas ante tribunales chilenos contienen pruebas fundadas que establecerían la participación de Rivas en el secuestro agravado de Víctor Díaz y otras seis personas, ocurridos entre mayo de 1975 y comienzos de 1977.
Asimismo, indicó que los cargos identifican a múltiples acusados, incluyendo a Rivas como coautora, y que existe coherencia en los antecedentes y en las órdenes de detención emitidas. A esto se suma que el Estado de Chile ha entregado garantías formales de que será procesada por el delito de secuestro con agravantes.
El tribunal también respaldó la decisión de la ministra australiana al considerar que las cuestiones relativas a la tipificación de los delitos deben ser resueltas por los tribunales del país requirente, en este caso Chile.
De esta forma, el juez Lee concluyó que no existen fundamentos para acoger la revisión solicitada, estableciendo que la ministra aplicó correctamente la ley y actuó dentro de sus atribuciones.
Para las familias de las víctimas, esta resolución tiene un profundo significado, ya que acerca la concreción de la extradición de Rivas, quien salió de Chile en 2011 en medio del proceso judicial en su contra.
En términos prácticos, el fallo reduce las alternativas legales disponibles para retrasar su retorno, quedando únicamente la posibilidad de apelar en caso de existir un eventual error de derecho.
Los familiares valoraron la rapidez con que se dictó la resolución, destacando que se trata del resultado de años de lucha y coordinación, especialmente de la comunidad chilena en Australia. Asimismo, reconocieron el acompañamiento de la Embajada de Chile durante el proceso.
Finalmente, reiteraron que el Estado de Chile debe mantenerse activo en la solicitud de extradición y asegurar que todos los responsables de delitos cometidos durante la dictadura enfrenten la justicia.
En Australia, las familias recordaron con respeto a las víctimas de este caso: Reinalda Pereira, Lincoyán Berríos, Horacio Cepeda, Víctor Díaz, Fernando Navarro, Fernando Ortiz y Héctor Véliz.




