La Segunda Sala de la Corte de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva y condenó a cinco exagentes del Comando Conjunto, por los delitos de asociación ilícita y secuestro calificado de Aníbal Raimundo Riquelme Pino, Francisco Juan González Ortiz y de Alfonso del Carmen Araya Castillo, los tres dirigentes sindicales del Partido Comunista, hechos perpetrados a partir del año 1975 y del 9 de septiembre de 1976.
El fallo fue pronunciado por los ministros Haroldo Osvaldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, María Teresa De Jesús Letelier y Arturo Prado, quienes confirmaron la sentencia de primera instancia dictada por el magistrado Leopoldo Llanos, el 31 de agosto de 2016, y condenaron a Juan Francisco Saavedra Loyola, Daniel Luis Guimpert Corvalán y Juan Atilio Aravena Hurtuvia, ambos exintegrantes de la Marina; y a Raúl Horacio González Fernández ex miembro de la FACH, como autores de los delitos de asociación ilícita y de secuestro calificado reiterados de las tres víctimas, a la pena única de veinte años de presidio mayor en su grado máximo.
Además, se condena a la agente Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, alias “La Pochi” y e miembro de la FACH, como autora del delito de asociación ilícita y como cómplice de los delitos de secuestro calificado reiterados antes referidos, a la pena única de diez años de presidio mayor en su grado mínimo. De esta manera la resolución de la Segunda Sala del Máximo Tribunal rechaza la media de prescripción y los recursos de casación presentados por las defensas de los condenados. El único voto disidente fue el del ministro Arturo Prado, quien estuvo por aplicar la media prescripción.