Por 74 votos a favor, 71 en contra y 1 abstención, se aprobó en la Cámara de Diputados la Acusación Constitucional contra el Intendente de la región Metropolitana, Felipe Guevara, por la vulneración de la libertad de expresión, el derecho de reunión y el principio de legalidad, en el contexto de la crisis social vivida por el país. Asimismo, por 74 votos a favor, los parlamentarios y parlamentarias definieron a los tres diputados que sostendrán la acusación ante el Senado, definiendo para ello a la diputada Alejandra Sepúlveda (FRVS), quien estuvo también a cargo este jueves de sostener el libelo en la Cámara; y a los diputados Diego Ibáñez (CS) y Jaime Naranjo (PS).
Sobre esta nueva designación, la diputada de la Federación Regionalista Verde Social, Alejandra Sepúlveda señaló que se hará presente en el Senado el próximo 3 de febrero, y para ello estudiará en términos mucho más acuciosos la defensa que hicieron los dos abogados del Intendente, y como contrarrestar dichos argumentos.
Consultada por las palabras de la autoridad y en particular del ministro del Interior, que calificaron de “injusta” la acusación constitucional, la parlamentaria regionalista recalcó hubiese esperado del Ejecutivo una actitud quizás más humilde frente a lo que ha ocurrido con miles de familias que han debido enfrentar la violación de sus derechos humanos.
Alejandra Sepúlveda adelantó que su argumentación a favor de acusar al Intendente Guevara se enfocará en una mayor lectura de los tratados internacionales, sobre todo en el tema del copamiento y cómo esos tratados plantean que esta práctica represiva, no es una herramienta que se pueda utilizar.
En tanto, el diputado Diego Ibáñez –otro de los legisladores que sostendrá eta acusación en el Senado, expresó que esta situación refleja una ausencia de conducción de Sebastián Piñera, así como el conflicto permanente de su gobierno con normas dictadas por la propia Comisión Interamericana de D.D.H.H.
Señalar que el proceso ahora pasa al Senado, y, en tanto, el Intendente quedará suspendido en sus funciones desde este momento, acto que cesará solo si la Cámara alta desestima la acusación o si no se pronuncia dentro de los treinta días siguientes.