Defensoría de la Niñez rechaza el otorgamiento de beneficios a condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes

  • El organismo solicitará al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aclarar el cambio de  criterio y las medidas adoptadas para resguardar los derechos de las víctimas. 

Santiago, 21 de octubre de 2026. Frente a los antecedentes que dan cuenta de la concesión de  56 rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra niños, niñas y  adolescentes, la Defensoría de la Niñez manifestó su rechazo y anunció que solicitará al  Ministerio de Justicia y Derechos Humanos los antecedentes que se tuvieron a la vista para  modificar el criterio histórico de la cartera, el cual denegaba la concesión de beneficios frente a  estos delitos. 

Uno de los aspectos que requiere especial atención es que, desde febrero de 2022, la ley  consagra expresamente la exclusión de beneficios en casos de determinados delitos sexuales  contra niños, niñas y adolescentes. Por ello, resulta indispensable que el Ministerio de Justicia  aclare por qué se concedieron estas rebajas y qué medidas se están adoptando para la debida  protección de las víctimas. 

Si bien existen controversias jurídicas respecto de los delitos cometidos antes de la entrada en  vigencia de la Ley Nº 21.421 (que legítimamente pueden ser dirimidas ante los tribunales de  justicia), la aplicación de un estándar general que otorga beneficios implica una inobservancia de  derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas de una de las peores formas de  violencia.  

Al respecto, el defensor de la Niñez, Anuar Quesille, señaló que “estos antecedentes son  preocupantes y requieren una explicación clara del Ministerio de Justicia. Desde 2022 rige una ley que  excluye de este beneficio a personas condenadas por determinados delitos sexuales contra niños,  niñas y adolescentes. 

“Detrás de estas condenas hay víctimas que tienen derecho a la justicia, a la protección y a la  reparación. El Estado tiene un deber reforzado de resguardar esos derechos y debe actuar con especial  rigurosidad cuando adopta decisiones que pueden reducir el tiempo efectivo de privación de libertad  de quienes fueron condenados por estos graves delitos. La protección de las víctimas debe estar en el  centro de las decisiones del Estado”, agregó.

“Asimismo, debemos recordar que el Estado de Chile, sin importar el gobierno de turno, ha dado  señales claras para avanzar en la protección de la violencia sexual contra la niñez. En esta línea, se  tipificó el delito de explotación sexual, se consagró la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra  menores de edad, se implementó la ley de entrevistas video grabadas, se promulgó la Ley de Garantías  y el gobierno acaba de aprobar el Marco para la Acción en materia de explotación sexual, entre otras.  Por tanto, la decisión de otorgar beneficios como éstos representa un retroceso para la protección  efectiva de la niñez”, explicó  

Finalmente, el organismo continuará realizando seguimiento de esta situación y, a partir de los  antecedentes recabados, evaluará las acciones que correspondan dentro de sus atribuciones  legales.