Corte de Apelaciones rechaza amparo que buscaba trasladar cumplimiento de condenas de Iturriaga Neumann a su domicilio
Por unanimidad, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del ex agente de la DINA Raúl Iturriaga Neumann, que buscaba modificar el lugar de cumplimiento de sus condenas y permitir que las continuara en su domicilio.
La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, oficial en retiro del Ejército y ex integrante de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quien cumple condenas por diversos crímenes de lesa humanidad.
Iturriaga Neumann se encuentra condenado a más de 500 años de presidio por su participación en graves violaciones a los derechos humanos, entre ellas causas vinculadas a la Operación Cóndor, Operación Colombo y Venda Sexy, además de los atentados contra el general Carlos Prats y Sofía Cuthbert, en Buenos Aires, y contra Orlando Letelier y Ronnie Moffitt, en Washington D.C., entre otros hechos.
El ex agente de la DINA lleva 19 años privado de libertad, luego de permanecer prófugo de la justicia.
El recurso presentado por su defensa argumentaba que Iturriaga Neumann presenta diversas patologías de salud y que el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco no contaría con las condiciones necesarias para atender adecuadamente sus requerimientos médicos.
Sin embargo, el tribunal resolvió rechazar la acción judicial, considerando, entre otros antecedentes, que no existen elementos que permitan establecer que el condenado esté privado de las condiciones necesarias para su adecuada atención y sobrevida.
En su resolución, la Corte señala que, “en lo que dice relación con las prestaciones, cuidados especiales y atenciones médicas recibidas por el amparado (…) no existen elementos que permitan afirmar que en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco al señor Iturriaga se le esté privando de las condiciones necesarias para su adecuada sobrevida, en relación a las diversas patologías de salud que padece”.
El fallo se suma a una resolución adoptada en septiembre de 2025, cuando también fue rechazado un recurso de amparo presentado a favor del ex agente de la DINA, decisión que posteriormente fue ratificada por la Corte Suprema.
Para Francisco Bustos, abogado del Estudio Caucoto Abogados, la resolución resulta relevante en materia de justicia y derechos humanos.
“Es importante considerar que el Derecho internacional pone énfasis no solo en las obligaciones de investigar y juzgar los crímenes contra la humanidad, sino también en la imposición de sanciones proporcionales, así como en el cumplimiento efectivo de las penas”, señaló.
El abogado agregó que “cualquier medida que signifique dejar de cumplir condenas por crímenes gravísimos, como se pedía en el caso de análisis, implica un riesgo de impunidad”.
Bustos advirtió además que “no es primera vez que la defensa presenta solicitudes de estas características, lo cual obliga a estar mucho más vigilantes”.
Finalmente, valoró la decisión adoptada por el tribunal de alzada, señalando que “reconoce la legalidad del proceder de la Sra. Ministra en Visita doña Paola Plaza”.