INDH interpuso querella por tráfico de influencias en el marco del llamado caso “Operación Topógrafo”
- El INDH consideró que el hecho hoy bajo investigación, representa una grave vulneración a la garantía del derecho a un juez independiente e imparcial.
- El Instituto estimó que las afectaciones a la independencia judicial que pueden ser constitutivas de delito sean investigadas y, de comprobarse los hechos, sancionadas conforme a la Ley.
El Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) acordó presentar una querella por tráfico de influencias ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Esta acción se apoya en las comunicaciones por medio de WhatsApp del ex juez J.A.P.M. para intervenir ilegalmente en el nombramiento de la ministra de la Corte Suprema María Teresa Letelier. La magistrada integra la sala penal, la que debe resolver la competencia del denominado “Caso Conscriptos”.
Cabe recordar que el ex ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago y posteriormente de Copiapó J.A.P.M se encuentra formalizado por los delitos de intromisión a la vida privada y falsificación ideológica de documento público. Estos delitos los perpetró en el marco de un conjunto de escuchas telefónicas ilegales de las que fueron víctimas varias personas. Entre ellas figura el autor del libro “Traición a la Patria”, que aborda el desvío de fondos de la ley reservada del Cobre. En esta causa, conocida como Caso Topógrafo, el INDH actúa como querellante desde diciembre de 2023.
Pericias a teléfonos
En virtud de esta investigación, las autoridades pesquisaron al ex juez J.A.P.M. especies de interés, como teléfonos celulares, chips, computadores, pendrives, discos duros externos, mochilas y cajas con carpetas y antecedentes bajo reserva de la Ley de Inteligencia. La PDI realizó pericias a los teléfonos y ahí encontró conversaciones sostenidas a través de la aplicación WhatsApp.
Uno de los hallazgos en las conversaciones son los contactos de abril y mayo de 2021 donde el hoy ex ministro de la Corte de Apelaciones J.A.P.M. realizó intervenciones para favorecer la candidatura de la entonces magistrada de la Corte de Apelaciones de San Miguel María Teresa Letelier, a fin de que la nombraran ministra de la Corte Suprema.
Investigación
Un día antes de la presentación de la querella del INDH, el Ministerio Público anunció el inicio de una investigación de oficio. Designó un fiscal por los graves hechos develados a partir del material incautado al imputado. La causa se encuentra actualmente bajo investigación. Ello permitirá profundizar en el esclarecimiento de los hechos y, si es del caso, procurar su sanción conforme a las reglas del debido proceso.
Otro caso donde actúa el INDH
Como integrante de la segunda sala de la Corte Suprema, a la ministra Letelier actualmente le corresponde resolver la contienda de competencia en el llamado “Caso Conscriptos”. En esta calidad, junto con la ministra Pía Tavolari y el ministro Jean Pierre Matus, resolvió una Orden de No Innovar. Esta medida paralizó la investigación sustanciada por la fiscalía regional de Arica. El INDH actúa como querellante en esta causa y pide mantenerla en la justicia ordinaria.
La Corte Suprema tuvo por inhabilitado al ministro Matus en el caso luego que el INDH presentó una solicitud al respecto. El INDH argumentó que este magistrado asesoró al Ejército y también actuó como abogado defensor en el “Caso Topógrafo”.
Tratados internacionales
Para presentar la querella el Consejo del INDH consideró que el hecho hoy bajo investigación, representa una grave vulneración a la garantía del derecho a un juez independiente e imparcial. En ese sentido, el Instituto estimó de la mayor relevancia que las afectaciones a la independencia judicial que puedan ser constitutivas de delito sean investigadas y, de comprobarse los hechos, sancionadas conforme a la Ley.
La querella recuerda que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción aborda el tráfico de influencias. Entre otros puntos, ahí define este tráfico como “la solicitud o aceptación por un funcionario público o cualquier otra persona, en forma directa o indirecta, de un beneficio indebido”.
Además, el INDH recuerda que la garantía de la independencia judicial opera como un derecho para los jueces en cuanto no sean objeto de presiones para desarrollar su función. Pero, asimismo, es un derecho para los ciudadanos, en orden a que las decisiones judiciales las emita un juez que pueda actuar con total independencia e imparcialidad.
Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que “el objetivo de la protección radica en evitar que el sistema judicial en general y sus integrantes en particular se vean sometidos a posibles restricciones indebidas en el ejercicio de su función por parte de órganos ajenos al Poder Judicial o incluso por parte de aquellos magistrados que ejercen funciones de revisión o apelación. Adicionalmente, el Estado está en el deber de garantizar una apariencia de independencia de la magistratura que inspire legitimidad y confianza suficiente no sólo al justiciable, sino a los ciudadanos en una sociedad democrática”.