Corte Suprema dicta sentencia contra agentes de la DINA por caso calle Conferencia II
La mañana de este jueves, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia de casación y de reemplazo, en el caso denominado “Episodio calle Conferencia II”.
Los miembros de la “Brigada Lautaro” perteneciente a la Dirección Nacional de Inteligencia, DINA, responsable del secuestro y homicidio de miembros de la segunda directiva clandestina del Partido Comunista, hecha desaparecer en 1976 fueron juzgados y condenados.
Los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra suplente Dobra Lusic y el abogado integrante Diego Munita rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de los inculpados, anulan fallo de segunda instancia y en sentencia de reemplazo revocaron las absoluciones y confirman todo resuelto en primera instancia por el ministro Miguel Vasquez, condenando a 37 ex agentes de la DINA por los delitos de secuestro calificado, secuestro simple y homicidio.
De esta manera, el máximo tribunal condenó a los jefes de la DINA Juan Hernán Morales Salgado y Pedro Octavio Espinoza Bravo, a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, como coautores de los delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo; a 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como coautores de los delitos de secuestro calificado en las personas de Fernando Alfredo Navarro Allendes, Héctor Véliz Ramírez y Waldo Ulises Pizarro Molina; y a 4 años de presidio menor en su grado máximo como coautor de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo.
Del mismo modo, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Jorge Iván Díaz Radulovich, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos Orlando, Jesús Torrejón Gatica, Víctor Manuel Álvarez Droguett y Carlos Eusebio López Inostroza, fueron condenados como coautores de los delitos de homicidio calificado en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo.
El Partido Comunista, mediante comunicado de prensa señaló que “expresa su valoración del fallo de la Corte Suprema de Justicia que condenó a agentes de la represión de la dictadura civil – militar por el llamado “caso Calle Conferencia II” donde se hizo desparecer tras la detención y crueles torturas, a la segunda dirección clandestina de la colectividad”.
Señalan que habiendo transcurrido ya largos 47 años desde la detención, aniquilamiento y desaparición de la segunda dirección clandestina del Partido Comunista, finalmente la justicia chilena, por intermedio de su máximo tribunal, entrega un fallo contundente respecto a los siniestros hechos que rodearon estos crímenes, aportando una cuota de verdad, justicia y reparación a sus familiares, compañeras y compañeros y a la sociedad toda.
El PC reiteró su esperanza que esta sentencia aporte una cuota de paz, verdad, justicia y reparación a los familiares, amigos, compañeras y compañeros que por tantos años han esperado una sentencia definitiva, justa y esclarecedora para estos horrorosos crímenes que aún hoy, pese al tiempo transcurrido y los innumerables fallos emanados del mismo Tribunal, insisten en calificar como hechos aislados, menores o simples “errores”. Con la exigencia de garantía explícita del nunca más.