Preocupación y máxima tensión por situación de presos políticos mapuche en huelga de hambre
Este jueves se cumplen 81 días desde que el machi Celestino Córdova inició una huelga de hambre como medida de presión a las autoridades para cumplir su condena en arresto domiciliario. Además, 27 presos políticos mapuche internos en las cárceles de Angol, Lebu y Temuco tomaron la determinación de unirse a la huelga del machi, a la espera de respuestas de parte del Ejecutivo.
Celestino Córdova, quien se mantiene internado en el Hospital de Nueva Imperial tras ser trasladado de la cárcel de Temuco, debido a su estado de salud agravado tras iniciar la huelga de hambre, busca que se le aplique el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el cual afirma que “deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento a los miembros de pueblos originarios”.
Vicente Painel, encargado de Derechos Humanos de la Asociación Indígena de Investigación y Desarrollo Mapuche (AID), informó que el estado de salud de los huelguistas es muy delicado desde el punto de vista biomédico, pero muy especialmente el del machi Celestino Córdova.
El vicepresidente de la Cooperativa Mapuche KUME MOGEN, explicó que la condena dictada contra Celestino Córdova se enmarca en una situación de “apartheid carcelario”.
Vicente Painel sostuvo que la Organización Internacional del Trabajo debe pronunciarse ante la vulneración de su Convenio 169, pues constituye una burla, por parte del ministro de justicia, al sistema internacional de derecho.
Asimismo, el encargado de Derechos Humanos de la AID, afirmó que la prohibición de que Celestino Córdova acuda a su Rewe, no se condice con los procedimientos propios de Gendarmería, que dicen relación con garantizar a los reos poder ejercer la libertad de culto.
Vicente Painel concluyó que la situación de Celestino Córdova no se condice con una sentencia dictada en el marco del Estado de Derecho, pues además de la vulneración del principio del debido proceso, el machi está sometido a una tortura constante al no poder ejercer su espiritualidad.