Abogada Carmen Espinoza sobre derechos laborales en la Convención: “Si no existe organización da lo mismo el que exista la posibilidad de participar en la empresa”
La Convención Constitucional aprobó el derecho a la participación de trabajadores y trabajadoras en las decisiones de la empresa, así como también la libertad sindical tanto en el sector público como el privado.
En conversación con la abogada y presidenta de la Asociación Gremial de Abogados Laboralistas AGAL-CHILE, Carmen Espinoza, señaló que la aprobación de estas normas significa un avance extraordinario en materia de trabajo y de seguridad social, pero requieren profundos procesos de transformación en la cultura sindical e institucional.
Respecto a la participación de los trabajadores en la empresa, indicó que además de la distribución de la utilidad, hay una serie de instancias en las que pueden participar al interior del espacio productivo, respetándoseles el derecho a la autoría de nuevas formas de trabajo, dado que los trabajadores son quienes mejor saben cómo funciona el quehacer en la empresa, precisó.
Al respecto, relevó la figura de las cooperativas – que durante la dictadura prácticamente fueron eliminadas- como un tipo de trabajo que ha generado mucha riqueza y que dan la posibilidad para que los trabajadores actúen en la solución de las dificultades que tiene la sociedad para proveerse de productos y servicios: “Éste tiene que ver con la participación de los trabajadores en la empresa, no sólo como representantes sino en la participación en todas las instancias dentro del mundo del trabajo”, indicó.
Sobre las pasos siguientes a la aprobación de estas normas, Carmen Espinoza junto con relevar la aprobación en el plebisicito de salida, indicó que viene una segunda parte muy compleja dada la composición del parlamento actual, además de aquellas propias en una posible etapa de implementación: “No basta la Constitución y la ley para mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Necesitamos sensibilización, información, capacitación. Necesitamos políticas públicas de promoción del derecho de un trabajo decente y en dignidad; el fortalecimiento de los sindicatos y de las instituciones que permiten la posibilidad de participar en la empresa. Si no existe organización da lo mismo el que exista la posibilidad de participar en la empresa porque no va a constituir un gran cambio”, aseveró.
Respecto a otros niveles de negociación estipulados en las normas aprobadas, la especialista indicó necesario proyectarse más allá de la instancia sindical de base apuntando a la organización federativa, confederativa y nacional, “que sepa lo que quiere negociar, que tenga las habilidades de diálogo, para entender las negociaciones con resultados más allá de la empresa”.
En esa línea, destacó la importancia de transformar el actual paradigma que desde el Plan Laboral han buscado supeditar la organizacion sindical a la empresa y la productividad, enfatizando que quien tenga la posibilidad de negociar grandes cosas esté formado, capacitado, habilitado y comprometido con un proyeto político que lo haga avanzar hacia el futuro, mejorando las condiciones de vida para quienes habitan este país, incluidos los migrantes, los pueblos originarios, con perspectiva de género y buscando resolver todas las desigualdades que afectan el trabajo, concluyó.